Thursday, January 30, 2014

Mesa de Trabajo Gremial en Distrito Capital

Con la finalidad de analizar diversas estrategias en materia de Defensa Gremial, se reunieron el pasado martes 28 de enero, en la sede del Colegio de Licenciados en Administración del Distrito Capital, los Licenciados Jesús Álvarez (Presidente del CLADC), Freddy Velásquez (Coordinador del Comité de Defensa Gremial) y Rafael Carta (Coordinador de la iniciativa #miFirmaVale). 

El encuentro fue propicio para compartir e intercambiar una serie de ideas e inquietudes, sobre las acciones a seguir para dar a conocer y promover el alcance y las competencias de los Licenciados en Administración de toda Venezuela. De igual manera se hizo mención al caso relacionado con el Manual Único de Requisitos emitido por el SAREN, a lo cual la Lcda. Lilian Aguero (Presidenta del Directorio Nacional de la Federación), quien estuvo presente en parte de la reunión, informó que ya se tomaron las acciones pertinentes y se mantiene una comunicación constante con el despacho del Ministro del Interior, Justicia y Paz, por lo que se estima que en los próximos días se obtenga un pronunciamiento al respecto. Asimismo, exhortó a todos los agremiados a mantener la calma, pues ya se están analizando a su vez otras "medidas" que por su carácter estratégico no es conveniente difundirlas. 

Por otro lado, se conversó sobre la necesidad de fortalecer la figura del Análisis de Gestión Administrativa, también conocida como Auditoria Administrativa, de la cual los Licenciados en Administración tienen una facultad exclusiva según lo señala la Ley de Ejercicio. Sobre este particular, el Lcdo. Jesús Alvarez comentó que existe un equipo de profesionales egresados del Diplomado en AGAD, que están diseñando diferentes propuestas en la materia.

En el marco de este encuentro, se ratificó que es necesario mantener un lenguaje de altura que nos represente como gremio, así como el trabajo en equipo y ética profesional, que sin duda son factores que nos llevarán al éxito.

Saturday, January 25, 2014

#LadronesDelTiempo llegó a Butaca VIP 97.9FM

El pasado martes 21 de enero, la cita fue en BUTACA VIP un espacio conducido por Larizza Peña en Latinisima 97.9 FM, donde tuvimos la oportunidad de compartir interesantes anécdotas y comentarios sobre cómo administrar eficazmente nuestro tiempo, sin duda un tema de vital importancia no sólo para los Gerentes de hoy, sino también para todos esos hombres y mujeres "multitasking" que deben cumplir diferentes roles como padres, amigos, pareja, trabajadores, entre otros. 

Cuando hablamos de #LadronesDelTiempo, nos referimos a un conjunto de elementos de caracter interno y externo, que  poco a poco nos alejan de nuestras metas y objetivos. Si dejamos que estos *saboteadores* se instalen en nuestras vidas, corremos el risgo de entrar en una dinámica muy negativa, en la cual necesitaremos mas tiempo para hacer nuestras obligaciones y por lógica tendremos que sacarlo que algún sitio, así que no tenemos mas remedio que dedicar menos tiempo a las cosas que realmente nos gustan, como por ejemplo: la familia, amigos y hobbies. 

Es por ello que desde este espacio, te invitamos a revisar en qué estas invirtiendo tu tiempo y sobretodo aprende a decir "No" a aquellas tareas y cosas que simplemente no generan ningun valor agregado a tus metas, proyectos o sueños... muchas veces nos empeñamos en vivir la vida de otros, dejando a un lado nuestra propia esencia, por tal motivo decide vivir en el aquí y en el ahora, aprendiendo lo necesario del pasado y viendo con optimismo y serenidad lo que pueda estar por llegar.

Tuesday, January 14, 2014

Manual del SAREN desconoce competencias de los LAC

En Gaceta Oficial Nº 40.332 de fecha 13 de enero de 2014, salió publicado el Manual que establece los Requisitos Únicos y Obligatorios para la Tramitación de Actos o Negocios Jurídicos en los Registros Principales, Mercantiles, Públicos y las Notarías, instrumento que vulnera los derechos profesionales de los Licenciados en Administración Colegiados (LAC). 

El referido Manual, en su artículo Nº 12 establece que para la constitución de sociedades mercantiles, además de los requisitos obligatorios, se deberá anexar adicionalmente documento que acredite el aporte al Capital Social, el cual en caso de ser bienes Muebles e Inmuebles, se contempla la presentación de un INVENTARIO de los bienes e informe de auditoría sobre la propiedad y existencia de los bienes, emitido por un contador o contadora público, visado y presentado en papel de seguridad.

Sobre este particular, la Ley del Registro Público y del Notariado, es muy clara cuando en su artículo Nº 56 (Potestades de Control), establece que corresponde al Registrador Mercantil, vigilar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la Constitución y ramas conexas, razón por la cual deberá cumplir entre otras obligaciones, la siguiente: Asegurar que los APORTES EN ESPECIE tengan el valor declarado en el Documento de Constitución a cuyo efecto se incorporará un avalúo (Inventario de Apertura) realizado por un perito independiente colegiado o colegiada. 

Nótese que la LEY no establece discriminación en cuanto a que tipo de profesional (Licenciado en Administración o Contador Público) debe elaborar el respectivo informe, sólo señala la figura de un perito independiente colegiado. En este sentido, vale la pena recordar diferentes sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en las cuales es reiterado el criterio que los Licenciados en Administración, son profesionales expertos, especializados capaces de dictaminar en materia de su competencia. 

De igual manera, la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de Venezuela (FECLAVE), diseñó la Resolución Nº DN-30/20070915-EEP, en la cual se establecen las Normas para la Elaboración del Informe Originado por el Inventario para la Constitución de Sociedades Mercantiles y Firmas Personales.

Lo antes expuesto, deja en evidencia una clara contradicción entre el contenido de la Ley y lo establecido por el Manual a ser implementado por el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN), lo que de alguna u otra manera va en detrimento del alcance y ejercicio profesional de los Licenciados en Administración de Venezuela, todo ello sin tomar en cuenta que ahora se exige la presentación de un INFORME DE AUDITORIA sobre los "bienes" del inventario, el cual no debe ser exclusivo de los Contadores Públicos, toda vez que no se trata de Información Financiera-Contable y por el contrario el tema de Inventario es un aspecto de carácter administrativo que incluso forma parte de los Informes o Análisis de Gestion Administrativa (AGAD) contenidos en la Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración.

Desde este espacio, hago un llamado a los órganos competentes en materia de Defensa Gremial, para que se aboquen a esta problemática y se logre un justo reconocimiento al ejercicio profesional, leyes, código de ética y sobretodo se haga justicia a los principios contenidos en nuestra Constitución sobre el Derecho al Trabajo y la Libre Actividad Económica.

Hasta un próximo encuentro, 
Lcdo. Rafael Carta de la Guardia 
Ex-Secretario General del CLADEC

Saturday, January 04, 2014

Importancia de la Auditoría Laboral-RRHH

Hoy más que nunca, la empresa venezolana necesita de un estudio de campo realizado por expertos en el área del Derecho del Trabajo que le otorgue indicadores de cumplimiento de la normativa socio-laboral nacional.

Los departamentos, gerencias o direcciones de Recursos Humanos ya no son autosuficientes. En menos de 9 años el ordenamiento jurídico venezolano ha sido objeto de al menos una docena de cambios en materia de relaciones de trabajo. La Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA) del 2003, la Ley Orgánica de Prevención y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT) del 2005 y la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) del 2012, son solo tres textos normativos de alto impacto en los costos de las empresas.

A éstas, hay agregarles los innumerables decretos de inamovilidad, ajustes de salario mínimo y leyes conexas, que de manera directa o indirecta afectan lo propio; normativas que regulan la protección de familias, maternidad y paternidad, la igualdad de género, la discapacidad, entre otras, logran un compendio legal que el mismo Tribunal Supremo de Justicia interpreta a través de sus reiteradas sentencias, cada vez de manera distinta y que, por ende, tiene ser manejada con guantes y bisturí por profesionales preparados para tal fin. 

Ya las firmas de abogados reconocidas no solo invierten en la formación de sus profesionales con postgrados y cursos nacionales o extranjeros, para prepararlos a litigar, mediar o negociar; ahora auditan el cumplimiento de las normas que regulan las relaciones patrono-trabajador y patrono-Estado.

La auditoría laboral no es más que un estudio de campo donde se realiza la revisión, examen y evaluación de la ejecución de la normativa socio-laboral vigente por parte del departamento, gerencia o dirección encargada del recurso humano en la empresa, con el propósito de informar sobre ellas, realizando las observaciones y recomendaciones pertinentes para mejorar su eficacia y eficiencia en su desempeño, a través de la presentación de un informe confidencial cuya conclusión sería el valor monetario que en multas, pudiese pagar una empresa al Estado o que en demandas y reclamos, deba pagar la lepresa al trabajador.

Para colocar al lector más en contexto: cuando un órgano gubernamental (Inspectoría del Trabajo, por ejemplo) realiza una inspección en una entidad de trabajo, se chequea el “cumplimiento” de 92 ítems. Un Manual de Procedimiento de Auditoría Laboral integral estaría compuesto por al menos 850 ítems. 

La diferencia de casi el 1000% radica en que una auditoría laboral va más allá de una inspección y valora factores que no son solo de mandato legal, más si son de ostensible recomendación para blindar a la empresa ante una acción legal. Estos 850 ítems deben abarcar 1. Deberes formales en general y cumplimiento con órganos administrativos gubernamentales; 2. Cumplimiento de las obligaciones laborales individuales y sus respectivas previsiones y; 3. Deberes relativos a seguridad y salud laboral en la empresa.

Un simple ejemplo de un ítem chequeado por incumplimiento de la normativa es la señalización de una salida de emergencia que puede conllevar a una multa de hasta 100 unidades tributarias por cada trabajador de la empresa. Por el contrario, un ejemplo de un ítem chequeado por recomendación es la rúbrica de cada trabajador en sus tarjetas de marcado de ingreso; ya que de nada sirve marcar una tarjeta si ésta no está firmada. 

Así pues, toda empresa que tenga como norte la palabra “prevención” ante reclamos, demandas e inspecciones gubernamentales, debe mejorar sus procesos a través de una auditoría laboral, para chequear aspectos que van desde sus cálculos y provisiones en materia de pasivos laborales, sus documentales (actas, contratos y recibos), inserción a su nómina de trabajadores con discapacidad y aprendices, hasta la debida implementación de un programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Una vez diagnosticados los incumplimientos o inconformidades, más fácil es implementar un cronograma de trabajo a nivel de consultorías, a los efectos de blindar progresivamente los espacios abiertos.

La experiencia nos ha dicho que la empresa nacional auditada, sobrepasa el 50% de incumplimiento o inconformidades, solo por desconocimiento; aumentando el monto por multas, demandas y reclamos, dependiendo del número de trabajadores que posea.

FUENTE: Diario El Carabobeño.